Contraloría desnuda graves fallas en organismo que fiscaliza a grandes mineras del norte

Contraloría desnuda graves fallas en organismo que fiscaliza a grandes mineras del norte

El organismo fiscalizador realizó una auditoría al Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin) de Antofagasta, donde se concentró uno de los sectores económicos más importantes del país, como la extracción de cobre y litio. La revisión reveló múltiples deficiencias ocurridas entre 2016 y 2017. Entre ellas, fuerte falta de fiscalización a la firma del Grupo Luksic, Antofagasta Minerals, como también SQM, Codelco, BHP y Rockwood. El ente revisor acreditó que ejemplos que están relacionados con algunas de esas empresas -que es hoy en día trabajan en el servicio estatal- no se abstienen de fiscalizar las faenas en las categorías de grado de participación. En otras palabras, evidentes conflictos de interés que prohíbe el estatuto administrativo. Y no es todo. Se estableció que 500 medidas correctoras ordenadas por la autoridad no han sido cumplidas por las mineras. Se agregan atrasos en aplicar y cobro de multas, irregularidades en las actas de inspección, entre otras fallas. Atendida la gravedad de los hechos, la Contraloría ordenada el inicio de un sumario para determinar la responsabilidad de los funcionarios involucrados. El informe lo publica -íntegramente- la Unidad de Investigación de Radio Bío Bío.

Antofagasta es la región minera por excelencia, donde se concentra la mitad de la producción del cobre del país y es la única zona en la que se produce litio. Allí operan grandes empresas nacionales y extranjeras, entre ellas, Codelco, Antofagasta Minerals, el grupo minero del grupo Luksic, SQM y BHP.

El fiscalizador de estos gigantes del sector es el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin), que no está cumpliendo con su trabajo a la cabalidad, actuando de forma laxa y deficiente, lo que favorecería a las firmas.

Así lo sostiene un informe reciente  de la Contraloría General de la República  (CGR), donde se acredita que  exempleados de estas empresas se están emitiendo, no se abstuvieron de fiscalizar las faenas en las consecuencias, evidenciando un potencial conflicto de interés .

El organismo dirigido por Jorge Bermúdez  detectó más de 500 casos de medidas correctivas ordenadas por el Sernageomin a las firmas que están pendientes y fuera de plazo. Respecto a ellos, además, no se inició un procedimiento para cursar multas que superan, en total, los 500 millones de pesos.

Las fallas incluso van más allá, ya que se constataron problemas en actas de fiscalización. Enfrasemos las diferencias existentes entre el registro y el sistema al respecto de los documentos físicos, todo lo que sea vulnerable al sistema y lo expone a la manipulación y al uso indebido de la información, como se lee en el informe.

Atendido los hechos, la Contraloría  ordenada un sumario para determinar las eventuales responsabilidades administrativas de los funcionarios implicados en esas situaciones . El informe íntegro, que revisó la fiscalización del cumplimiento del reglamento de seguridad minera por parte del servicio, lo publicó la  Unidad de Investigación de Radio Bío Bío .

Mario Pereira, actual director nacional del Sernageomin |  Sernageomin

Mario Pereira, real director nacional del Sernageomin

“Todas estas deficiencias de control debilitan la efectividad de los servicios por esa entidad pública para la fiscalización del cumplimiento del Reglamento de Seguridad Minera, con los consiguientes riesgos asociados”, concluyó la CGR.

Radio Bío Bío fue  enviado con varios días de anticipación al servicio actualmente dirigido por Mario Pereira, pero a pesar de que se insistió para obtener su versión, al cierre de este artículo no hubo respuesta.

Potenciales conflictos de interés

La CGR descubrió en su auditoría que tres funcionarios del Sernageomin realizó labores de fiscalización en faenas en las cuales había trabajado en un espacio menor a dos años antes de desarrollar la inspección respectiva.

Uno de ellos es Daniel Fajre Flores, quien indicaba en su currículum vitae (CV) que funcionó hasta 2014 en Minera Centinela, perteneciente a Antofagasta Minerals, del grupo Minero del grupo Luksic. Pese a ello, entre febrero de 2015 y marzo de 2016 realizó cinco inspecciones de fiscalización a esa compañía. Otro caso es el de Yaneth Godoy Cortés, en cuyo CV se consignaba que se desempeñó en SQM SA hasta octubre de 2013. Tras ello, durante el año 2015 realizó cuatro inspecciones a la compañía. El tercer caso es el de Hipólito Hurtado Astorga, quien dejó sus funciones en Mantos Blancos en noviembre de 2012, de acuerdo en su CV. Una vez en el Sernageomin, hizo una inspección en febrero de 2014 a esa firma.

Según la Contraloría, esta situación vulnera el principio de abstención consagrado en la legislación, el cual exige que los servidores públicos tengan una conducta intachable y un desempeño honesto de su carga, donde el nivel de interés general sobre el particular, el tiempo que deben ejercer estricta imparcialidad en sus decisiones.

“En este sentido, la jurisprudencia administrativa de la Contraloría (…) ha sostenido que el principio de probidad administrativamente impone los funcionarios públicos el deber de evitar que sus prerrogativas o esferas de influencia se proyecten en su ‘actividad particular’, aun si posibilidad de que se produzca un conflicto potencial de mar solo, lo que ocurre cuando la actividad incide o se relaciona con el campo de los trabajadores de la institución a la que pertenece el empleado de que se trata “, remarcó la CGR en el documento.

Tras ello, desde el Sernageomin precisó que el organismo fiscalizador que, pese a lo que aparecía en el currículum de cada uno, no se desempeña directamente en dichas empresas. En el caso de Fajre Flores acotaron que trabajó para una empresa contratista de Minera Centinela, mientras que Godoy Cortés se desempeña en SQM Industrial y no en SQM SA, y respecto a Hurtado Astorga, este no trabajó para Mantos Blancos.

SQM, empresa fiscalizada para funcionario que trabaje en empresa relacionada |  Agencia UNO

SQM, empresa fiscalizada por funcionario que trabajó en empresa relacionada

En ese escenario, la CGR comprobó que los dos primeros meses para las empresas informadas por el servicio, los cuales tienen conexiones con las compañías fiscales, mientras que en el caso de Hipólito Hurtado no se pudo acreditar que no tiene relación con Mantos. Blancos.

“Como se señaló anteriormente, los requisitos deben evitar los conflictos de intereses en sus funciones, aun si la posibilidad de que se produzca mar solo potencial. Al efecto, corresponde precisar que el hecho de no haber desempeñado labores como el contratado por la empresa titular no implica necesariamente que no exista el riesgo descrito “ , determinó.

Productores sin control

Otro ámbito donde se evidenciaron múltiples anomalías fue en el proceso de cumplimiento que deben hacer las empresas mineras a los requisitos cumplidos por los funcionarios tras las actividades de fiscalización.

Uno de ellos tiene que ver con que se encontraron las medidas correctoras supuestamente implementadas por las compañías, pero que no estaban acreditadas. En ese sentido,  se percataron de que existían 30 medidas indicadas como corregidas en las actas físicas, las que estaban en el sistema informático aparecían como pendientes de ser regularizadas. Tras ser consultados por la Contraloría, desde el Sernageomin no entregamos documentación que acreditara la supuesta regularización, ni tampoco los antecedentes proporcionados por las firmas.

En ese contexto, cabe destacar que las medidas correctivas están asociadas a multas que ascienden a 620 unidades tributarias mensuales (UTM), las que equivalen a casi 30 millones de pesos, según el valor de la UTM de abril, que fue considerado por la CGR.

Otro aspecto cuestionado fue la falta de seguimiento a las medidas correctivas pendientes que se encuentran fuera de plazo. Así,  el ente contratista detectó que de las 4.306 medidas generadas por la Dirección Regional de Antofagasta de Sernageomín, entre 2016 y 2017, 556 de ellas estaban pendientes y fuera del plazo establecido para regularizar las observaciones.

Las más de 500 medidas pendientes se encontraban en un promedio de 365 días, donde había 118 casos en los que los requisitos acumulaban más de 600 días corridos sin ser atendidos. Todas las medidas no implementadas están asociadas a sanciones pecuniarias que ascienden al menos a 12.126,3 UTM, es decir, un poco más de 573 millones de pesos.

Desde el regulador minero le explicaron a la CGR que la existencia de medidas se adelantó a la reducción de los niveles requeridos. Por ello, aunque el fiscalizador revise en el terreno el cumplimiento y lo constate, no puede cerrar la medida, pues es una obligación del productor. También indicó que cursarían sanciones a las empresas que reiterativamente no cumplían con las medidas exigidas.

Pese a la respuesta, el ente contralor afirmó que  “el servicio no proporcionado información que permita acreditar el cumplimiento efectivo de las medidas que se encuentren pendientes en el sistema, por lo que se debe mantener el hecho reprochado en todas sus partes”. Además, enfatizó que esta situación “deja en evidencia la falta de control y seguimiento de las medidas correctivas a favor de los productores mineros” .

Atrasos y deficiencias en el cobro de multas

Una de las herramientas disuasivas más importantes que tiene el Sernageomin para castigar a las empresas mineras que no cumplen con el reglamento de seguridad es la aplicación de sanciones. Sin embargo,  la CGR detecta que hay algunas anomalías que dificultan que estas se hagan efectivas: existe demora en el levantamiento de la solicitud de la sanción, se genera una decisión en la emisión de la resolución que aplica multas y atrasos en el envío de los antecedentes para el cobro de multas a la Tesorería General de la República (TGR) .

Sobre el primer punto, el inspector de seguridad cuenta con un plazo de 15 días hábiles para realizar el formulario de solicitud de sanción. Tras ello, es revisado por el coordinador de Seguridad Minera y el director regional para luego ser enviado al jefe del Departamento de Fiscalización y Seguridad Minera a nivel central del servicio.

En ese contexto,  el ente contralor revisó 31 solicitudes de aplicación de sanción y verificó que 24 de ellas fueron realizadas con una demora promedio de 68 días hábiles. Dentro de ellas, se consignó una sobre la División Chuquicamata, de 104 días hábiles fuera del tiempo, una de Rockwood Lithium, por encima de 75 días hábiles, y otra de Minera Antucoya, controlada por el grupo Luksic, que sobrepasó en 67 días hábiles tiempo establecido.

Jean Paul Luksic, presidente del directorio de Antofagasta Minerals, del grupo minero del grupo Luksic |  Agencia UNO

Jean Paul Luksic, presidente del directorio de Antofagasta Minerals, el abrazo minero del grupo Luksic

Por su parte,  la entidad auditada informó que 21 de los 24 casos correspondían a los accidentes graves y fatales , por lo que para el poder se aplica la solicitud de resolución a la vista del informe de investigación del respectivo accidente. Esto explicaría la demora mencionada. Sin embargo, la CGR enfatizó que el servicio no aportó antecedentes que lo avalaran. De todos modos, el Sernageomin se comprometió a aceptar el tiempo del procesamiento sancionando una evaluación del proceso y una sistematización de la información, junto con el desarrollo de una capacitación personal sobre el tema.

Respecto a la resolución para el proyecto que se aplica multas, se debe considerar que el director regional remite la solicitud de sanción al nivel central, este cuenta con 24 días hábiles para emitir el documento que la concreta. Como mar, se constató que en la práctica se considera 10 días hábiles adicionales de plazo, en particular para los descargos del afectado, lo cual no está contemplado dentro del procedimiento. Así, se despidió que la entidad cuenta con 34 días hábiles para formalizar una multa.

El examen de la Contraloría arrojó que  25 de las soluciones para hacerlas se hizo con una demora promedio de 110 días hábiles por sobre el plazo . Esto contraviene el procedimiento del Sernageomin y la legislación sobre la administración pública. Dentro de los atrasos, sobresale un procedimiento sobre Minera Antucoya, con 237 días hábiles fuera del tiempo, uno de la División Radomiro Tomic de Codelco, con 230 días hábiles, de Rockwood (19 días días), de la División Chuquicamata de Codelco (189 días hábiles) y uno de SQM Salar, que se hizo 136 días hábiles tras vencer el tiempo correspondiente .

En cuanto al atraso en el envío de antecedentes para el cobro de las multas, el servicio tiene un convenio de colaboración con la TGR. Ahí se estipula que esta última se obliga a recaudar y realizar la cobranza judicial y administrativa de las multas a un beneficio fiscal impuestas por la entidad.

El análisis de la CGR reveló que  hay un promedio de 67 días corridos desde que el servicio emite la resolución que aplica la multa hasta la fecha en la que carga la información en el portal de la Tesorería. De esos casos, sobresale un proceso contra Rockwood, con 175 días de demora, uno sobre la División Chuquicamata de Codelco, con 88 días, de Antucoya (42) y de SQM Salar (39).

Todas las anomalías involucradas durante el proceso generaron  un promedio de 279 días corridos desde que levantaron las 25 solicitudes en cuestión por la dirección regional hasta que se notificaron a la Tesorería General de la República. Incluso hay tres casos en los que el proceso superó los 450 días.

Actas en riesgo

Luego de finalizar una inspección de una fábrica de Faena Minera, el funcionario del Sernageomin mantiene una reunión de cierre con su contraparte de la empresa fiscalizada. Ambos firman el acta y se generan dos copias, de las cuales una queda inserta dentro del denominado “Libro del Sernageomin”. En ese documento se plasman todos los antecedentes, observaciones realizadas y acciones correctivas que surgen de la actividad de fiscalización.

Este sistema que debería ser infalible e invulnerable, no lo es. Al menos así determinó la Contraloría dentro de su informe de auditoría. Tras revisar 20 actas de fiscalización firmadas por las empresas supervisadas, detectó que en cinco casos existían diferencias en la información contenida en ese documento respecto del acta almacenada en el sistema informático . También descubrió una firma con fecha posterior a la registrada en el sistema como finalizada.

Las diferencias consisteieron, principalmente, en la hora de emisión del acta y en el caso de que el documento se haya registrado en el sistema cuenta con todos los antecedentes de la compañía, mientras que la física física no indica el RUT, ni el estado ni la producción de la feana.

“La situación precedentemente expuesta, la cuenta de una debilidad de control interno que impide el riesgo de que el acta pueda ser modificada con posterioridad a la fecha en que fue firmada por los participantes de la reunión de cierre de la fiscalización en el terreno pudiendo generar modificaciones en el sistema  SIMIN 2.0, que no es parte de los acuerdos suscritos por los intervinientes “, dijo al respecto el entendido por Jorge Bermúdez. A su vez, esto contraviene una resolución exenta que se refiere al registro inmediato y pertinente de las operaciones para asegurar la oportunidad y la fiabilidad de la información para la toma de decisiones.

En su respuesta, el director regional subrogante del servicio dijo que la diferencia en las fechas y horas se debió a que los inspectores están en el día, en general, de lunes a jueves, a pesar de que los días viernes realizaron el proceso de sincronización de dichos documentos en el sistema. Agregó que lo anterior puede resolverse con un proceso de reforzamiento del proceso de entrega de las actas de inspección a los productores mineros y que se desarrollan a una capacitación a los inspectores y coordinadores de Seguridad Minera.

Como el mar, la explicación del director regional no dejó conforme al ente contralor. “Lo expuesto por la autoridad del servicio auditado ratifica los riesgos detectados en cuanto a la probabilidad de que se modifiquen las actas de la fiscalización con posterioridad a la reunión de cierre con las empresas fiscales, y sí que indicó que acción para corregirlo, ello no desvirtuar lo objetado, considerando que las situaciones representadas corresponden a los hechos consolidados y que la debilidad del sistema, en este aspecto, no se ha regularizado “.

Pero este no es el único problema detectado en cuanto a las actas. También se constató que e xiste un resguardo deficiente de ellas . El lunes 26 de marzo de 2018, el equipo de supervisores de la Contraloría revisó cómo se guardan las actas físicas y  descubrieron que hay muchas en la oficina de las asistentes técnicas, cuyo cualidad no tiene llave ni puerta para resguardarlas de forma segura. Incluso no contaban con controles de acceso para prevenir la pérdida, sustracción, intervención o alteración de los documentos, como tampoco un posible uso indebido de ellos.

Esto adquiere especial importancia debido a que el sistema informático no se guarda las copias de las actas originales firmadas por las partes, por lo que quedan sin aprobaciones.

Dicha situación, el ente contralor, vulnera una resolución exenta y la Ley Orgánica de Bases Generales de la Administración del Estado.

A partir de la intervención de la CGR, el Sernageomin informó que desde mayo implementó un sistema para darle más seguridad al resguardo de las actas.

Junto con todo ello,  se hallaron inconsistencias en cuatro actas de 24 que fueron revisadas. Estas consisten en que primero se observa un requerimiento que debe ser subsanado, luego se dice que ya fue corregido y finalmente se indica que persiste la observación.

Rescate de mineros atrapados en Mina Julia, Taltal |  Agencia UNO

Rescate de mineros atrapados en mina Julia, Taltal

Uno de esos casos tiene  una visión hecha en Mina Julia, en Taltal . En febrero de 2017, en el acta se observó que al interior de la mina faltaba señalización de las vías de emergencias. Posteriormente, en noviembre de ese mismo año, un documento que hizo constar la implementación de las correcciones, pero contradictoriamente dentro del mismo acta se concretó que aún no estaban señalizadas las salidas de emergencias.

Cabe recordar que entre medio de las fiscalizaciones,  el 24 de octubre de 2017, se produjo un derrumbre en Mina Julia, lo que quedó atrás atrapados dos minutos a más de 100 metros de profundidad, los que afortunadamente alcanzaron ser rescatados al día siguiente

Fuente: biobiochile.cl