Por Mariano Peñafiel Durruty
03 de Abril de 2019
WhatsApp es la aplicación de mensajería más grande del mundo y una de sus ventajas es la inmediatez con que podemos transmitir o mantener una conversación entre usuarios.
El tener el teléfono en el bolsillo o en un bolso o cartera, genera una sensación de haber “informado” lo que deseamos al contacto que enviamos un mensaje de WhatsApp.
Lamentablemente para muchos, lo anterior ha convertido a la plataforma como el medio predilecto para comunicar información o instrucciones laborales -incluso fuera del horario de trabajo- y que el remitente asuma que el mensaje fue recibido.
Ante la duda de los trabajadores sobre si corresponde que el “jefe” envíe instrucciones por WhatsApp y aquello lo habilite a solicitar una respuesta o considerar la información como recibida de manera oficial, la Contraloría General entregó su respuesta.
Según explica la entidad “resulta plenamente eficaz que aquellas (instrucciones laborales) se realicen por medio de mensajes remitidos a la casilla de correo electrónico institucional que dispone cada empleado”. Lo anterior da cuenta de que los mensajes o instrucciones laborales deben ser enviados mediante los canales oficiales -como los correos electrónicos- y se objeta el uso de WhatsApp como un medio para enviar “directrices de carácter institucional”